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Instituciones productoras de los documentos
Gobierno y Administración de la Provincia de Sevilla

Jefe superior político

  • ES.41063.ADPSE0024
  • Entidad colectiva
  • 1812-1833

Aparece por primera vez la denominación de “Jefe Político” en el artículo 324 de la Constitución de Cádiz, como el responsable máximo del gobierno de cada provincia, nombrado por el rey. Ya sabemos que era presidente nato de la Diputación Provincial, además el artículo XIII le confería la facultad de presidir el Ayuntamiento de la capital sin voto, pero pudiendo ejercerlo en caso de empate, siendo el único conducto de comunicación entre los ayuntamientos y la Diputación Provincial, y entre esta y el Gobierno. Continuando con sus competencias en la esfera municipal, al jefe político le correspondía entender en los recursos y dudas electorales de los ayuntamientos, tomando la decisión por vía gubernativa.
En otros campos sus atribuciones eran muy amplias: por ejemplo, desarrollo económico, sanidad, asistencia social, etc., contempladas al estudiar las diputaciones. A ellas había que incorporar las de orden público, fronteras, alojamiento de tropas, etc.
El régimen legal del “jefe político” se amplía igualmente con el Decreto XLV, de 3 de febrero de 1823, que en su capítulo IV recoge la legislación precedente y amplía sus atribuciones, al tiempo que articula embrionariamente una organización administrativa periférica.
Al ser el agente principal del Gobierno en la provincia, y a la vez el conducto de comunicación directo, que permitía a este el conocimiento exacto de la realidad provincial, el jefe político debía velar por el funcionamiento de todos los ramos de la Administración Pública, para lo cual debía conocer con todo detalle y sobre el lugar los datos sobre el clima, las costumbres de los habitantes, sus vicios, preocupaciones, y todo lo que pudiese facilitar una idea lo más exacta posible de lo conveniente y lo perjudicial.
En 1833, por el Real Decreto 23 de octubre, al practicarse la división provincial, reciben el nombre de Subdelegados de Fomento, dependiendo del Ministerio del mismo nombre. Sus competencias son amplias: agricultura, industria y comercio, beneficencia, ayuntamientos...

Ramón Luis Escobedo consta como jefe superior político de Sevilla en el año 1821

Pleno de la Diputación de Sevilla

  • ES.41063.ADPSE.AUT0022
  • Entidad colectiva
  • 1880/1931 y 1946/-

El Pleno es el primer órgano decisorio de las diputaciones desde el origen de estas instituciones. Es el órgano colegiado integrado por el conjunto de los diputados provinciales, cargos electos por sufragio directo inicialmente (desde 1812 a 1925) y tras la Constitución de 1978 por un sistema indirecto mediante elección por parte del conjunto de concejales electos en la provincia agrupados por los partidos judicial de la misma. Durante la dictadura franquista el procedimiento de elección era un sistema híbrido entre los votos de compromisarios municipales y los de las entidades económicas, culturales y profesionales del ámbito oficial en la provincia, sobre el conjunto de alcaldes y concejales de cada partido judicial.

En 1931 pasa a denominarse "Comisión Gestora" (decreto de 21-04-1931. Gaceta de Madrid de 22-04-1931) y desde 1936, en la zona republicana, "Consejo Provincial" (decreto de 23-12-1936. Gaceta de la República de 25-12-1936). De 1939 hasta finales de la década de los cuarenta vuelve ser denominada como "Comisión Gestora", pasando desde entonces a tomar su actual denominación de Pleno de la Diputación, órgano sometido al control del gobernador civil. La Ley 7/1985 de bases de Régimen local de 1985 le configura su perfil actual de órgano de gobierno y administración autónoma de la provincia.

Diputación Provincial de Sevilla

  • ES.41063.ADPSE.AUT0001
  • Entidad colectiva
  • 1813-11-22/-

Con la Constitución de 1812 se crea una nueva circunscripción territorial, la provincia, y unas nuevas instituciones, las diputaciones provinciales, para el gobierno y administración de las mismas. Su artículo 325 determina que "en cada provincia habrá una Diputación, llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el gefe superior".

Organizadas como órganos intermedios entre el poder central y los municipios (artículo 323), tuvieron unas amplísimas competencias (artículo 335), que se pueden sintetizar en las de fomento y desarrollo económico de las provincias.

La Diputación de Sevilla no se constituiría hasta 1813, considerándose la fecha del 22 de noviembre como la fundacional, aunque no pueda afirmarse con plena seguridad, dada la falta de documentación para sus primeros años de historia. El primer documento que acredita la existencia de la Diputación de Sevilla, considerado como su documento fundacional , es el que se refiere al inicio de las actuaciones de la Diputación el día 22 de noviembre de 1813 que se conserva en el Archivo Municipal de Sevilla. Aunque su primera andadura fue breve pues, con la restauración de Fernando VII, el 4 de mayo de 1814 fue suprimida la Constitución de 1812 que había dado lugar a su existencia.

El trienio liberal (1820/1823) restauró la Constitución y con ella las diputaciones (decreto de 3 de febrero de 1823), sin más cambios que el de una nueva división territorial de 52 provincias, en la que la de Sevilla resulta modificada con la segregación que da origen a la de Huelva.

La restauración y sostenimiento del absolutismo a lo largo de la "ominosa década" (1823/1833), vuelve a suspender la existencia de las diputaciones hasta la regencia de María Cristina (1833/1840) en que al consolidarse el poder de los liberales, se recuperan de nuevo, ahora definitivamente. En este periodo, el decreto de 3 de noviembre de 1833 del entonces ministro de Fomento, Javier de Burgos, impuso una nueva división territorial de 49 provincias que incidió en la de Sevilla, a la que se le segregan ahora Cádiz y la comarca de Antequera, quedando circunscrita a sus actuales límites, con diez partidos judiciales y la capital.

Las primeras competencias que se atribuyen a las diputaciones en el s. XIX giran en torno a las funciones de control municipal, de beneficencia pública y de obras públicas de ámbito e interés provincial y otras varias en torno al fomento económico y cultural.

En cuanto a las primeras, las diputaciones se configuran como superiores jerárquicos de los ayuntamientos, aunque bajo los gobiernos moderados, entre 1845 y 1868, este papel se verá reducido en beneficio de los gobernadores civiles.

Las competencias benéfico asistenciales figuran también como una de las más importantes desde los primeros años de las diputaciones, especialmente desde 1846, a raíz de la real orden de 3 de abril sobre clasificación de los establecimientos municipales y provinciales y la ley de beneficencia de 20-06-1849 que establecen un sistema de beneficencia pública provincial dirigido por las juntas provinciales de beneficencia hasta que en 1868 son sustituidas por las propias diputaciones provinciales a través de sus negociados de Beneficencia, que habían sido creados con la ley para el Gobierno y Administración de las Provincias de 21 de octubre de 1866. Además, a partir de 1886 los negociados de beneficencia asumen también casi todas las funciones de las juntas administrativas de los propios centros benéficos y hospitalarios. De esta forma, los hospitales Central (o de las Cinco Llagas, incluyendo el departamento de dementes que daría origen al Manicomio de Miraflores), de San Lázaro y del Cristo de los Dolores (del Pozo santo), la Casa Cuna y el Hospicio se convierten en centros dependientes de la Diputación Provincial de Sevilla y gestionados por ella hasta el último tercio del s. XX.

El tercer grupo de competencias iniciales más característico es sin duda el relativo a obras públicas provinciales, con un destacado protagonismo en la construcción y conservación de caminos vecinales y carreteras, de edificios estatales en la provincia, como gobiernos civiles, audiencias, tribunales de menores, prisiones, institutos de enseñanza, escuelas de magisterio, de bellas artes?

Entre 1812 y 1845 se detecta también una interesante actividad en torno al fomento agropecuario, industrial y comercial que se materializa en la creación de juntas provinciales de agricultura, repoblaciones forestales, extinción de plagas, colaboración con las obras de tendido de líneas férreas, por ejemplo.

La Constitución de 1869 dota a las diputaciones de poder político con autonomía propia para la consecución de sus fines. A fines del s. XIX se potencian sus funciones de órgano superior jerárquico de los ayuntamientos y quedarán constituidas como auténtico órgano de la administración local a partir del Estatuto Provincial de 1925, concepto básico de diputación que, con las modificaciones que hasta hoy han ido introduciendo las legislaciones sucesivas, ha llegado hasta nuestros días.

A partir de 1955, con el respaldo a las nuevas formas de gestión de los servicios públicos que implica la promulgación del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (dto. de 17/06/1955), pero singularmente desde mediados de la década de los ochenta del pasado siglo, empiezan a proliferar en la órbita institucional de la Diputación, con diferentes grados de vinculación en función de su naturaleza jurídica, todo tipo de organismos autónomos, fundaciones, patronatos, empresas públicas, sociedades privadas provinciales, empresas mixtas, etc... creados para la gestión directa o indirecta de servicios determinados de forma especializada (educación, cultura, deportes, promoción económica, turismo, informática, recaudación...) que se multiplican singularmente desde mediados de la década de los años ochenta del pasado siglo. Se trata en cualquier caso de centros y entidades creados para la gestión de servicios de competencia provincial y cuyos documentos constituyen una parte integrante del fondo documental de la Diputación, plenamente asignable a su esquema de clasificación orgánico-funcional. Son los casos de...

  • Caja Provincial de Ahorros de la Diputación de Sevilla
  • Organismo Provincial de Asesoramiento Económico y Fiscal (OPAEF)
  • Sevilla Activa
  • Fundaciones / Patronatos: Luís Cernuda, Manuel Giménez Fernández, Patronato Provincial de Inversión Rural (PIR), de Acción Territorial y Urbanismo, de Gestión Tributaria y Recaudación, de Asistencia a la Tercera Edad de Marchena, de Promoción y Asesoramiento Económico, de Cultura...
  • Granja Escuela de Agricultura
  • Casa de la Provincia
  • Prodetur, Inpro y otros muchos entes públicos de diferentes características que han ido apareciendo y sucediéndose lo largo del tiempo

Por el contrario, otros documentos son el resultado de la participación de la Diputación en órganos administrativos o entidades interinstitucionales y tienen unas características plenamente diferenciables de las del fondo de la institución (Junta Provincial del Censo Electoral, Comisión Provincial Mixta de Reclutamiento, Delegación Interprovincial del Instituto de Estudios de la Administración Local (IEAL), Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, Mancomunidad de Abastecimiento de Aguas del Huesna, Incineradora de Residuos con aprovechamiento energético (INRAESA), constituyendo fondos propios que por distintas razones han acabado conservándose en este Archivo.

Ayuntamiento de Almensilla

  • ES.41204.AUT0009
  • Entidad colectiva
  • 1837

En los orígenes, este pueblo no era más que una 'alquería', que durante la Edad Media se convirtió en una 'aldea de Palomares del Río', hasta 1.837, año en que se independizó de este pueblo y pasó a constituir Ayuntamiento propio. El origen del nombre es todavía causa de controversia entre los distintos autores: - Algunos piensan que su actual denominación procede del nombre de un dueño árabe, llamado 'Al Mensi'. - Otros piensan que dicho nombre procede de la palabra 'Mensilla', que significa 'meseta pequeña' en la lengua romana, y que los árabes le antepusieron el artículo 'Al'., fusionándose ambas palabras después de la 'reconquista'

Ayuntamiento de Coripe

  • ES.41227.AUT0023
  • Entidad colectiva
  • 1800

Los orígenes de esta población se retrotraen a épocas prerromanas, cuando los túrdulos se asentaron en los contornos para fundar la genuina Irippo, allá por los siglos VI y IV antes de Cristo. La heredera de los tartesios se romanizó y alteró su nomenclatura para quedar como Cirippo, tal y como informa el analista Plinio en sus crónicas hispánicas. El vacío visigodo dejó paso al esplendor de los moros, que se afincaron también en Coripe por su estratégica posición fronteriza. Al ser parte de la línea divisoria entre los territorios invadidos por Castilla y el Reino de Granada, los árabes decidieron edificar una torre defensiva que data de los siglo IX al XI y de la que sólo se guardan partes de los cimientos y una estela funeraria. Llega la Reconquista y posteriormente la revuelta de los mudéjares, que una vez sofocada en 1264 aconsejó al monarca Alfonso X confiar la custodia de estas tierras a la Orden Militar de Alcántara. Hubo intentos de separación con respecto a Morón de la Frontera a petición de los vecinos, aunque los gastos municipales desaconsejaron esta medida y siguió como aldea de la anterior hasta finales de del siglo XIX, en que se constituyó el ayuntamiento independiente. El título de villa le fue otorgado el 26 de abril de 1894.

Ayuntamiento de Martín de la Jara

  • ES.41273.AUT00001
  • Entidad colectiva
  • 1813

Son varias las teorías y publicaciones que han venido a explicar el origen de Martín de la Jara y del vecino municipio de Corrales. Para unos, se debe al establecimiento en el lugar de una antigua explotación ganadera trashumante del señor de la comarca, el Duque de Osuna. Otros opinan que la creación de ambos pueblos se debe a la existencia de los establos donde el mencionado duque guardaba su ganado.

Algunas versiones populares apuntaban a que antiguamente el Duque de Osuna organizaba ferias de ganado en esta zona, lo que dio origen al pueblo, o que en un principio en Martín de la Jara vivían los ganaderos del Duque de Osuna y sus ganados estaban en Los Corrales. Sobre Martín de la Jara, en concreto, se comenta también que un herrero o, tal vez un capitán llamado Martín se estableció en los inicios de la aldea tras la conquista de Granada, y que, debido a la abundancia de jaras, tomó este nombre.

El problema es que ninguna de esas teorías está demostrada ni documentada. Lo que está demostrado es que este territorio siendo musulmán, fue conquistado por el rey castellano Fernando III el Santo (1240), pasando a formar parte de una zona fronteriza sujeta a constantes avances y retrocesos, lo cual no favorecía la repoblación por lo que la zona estaba controlada por una Orden Militar, manteniéndose esa situación hasta las tomas de Antequera (1410) y de Ronda (1480). Es a partir de entonces cuando la franja fronteriza es entregada a los nobles en pago a sus servicios, quedando Martín de la Jara incluida en el término de Osuna, que se dividió en tres partes a raíz de la toma de Granada (1492): una para el Conde de Ureña, otra para el Consejo de Osuna y una tercera para la Corona. Don Juan Téllez Girón, segundo Conde de Ureña consolida el señorío a partir de 1520 aproximadamente y, poco a poco va acaparando las mejores tierras.

El quinto Conde se convierte en el primer Duque de Osuna en tiempos de Felipe II (1562) y, al finalizar el siglo XVI, la casa Ducal poseía el 22% del total de las tierras del término. En 1539 se acuerda en el consejo de Osuna un reparto de tierras baldías y relengas para su repoblación por ciertas familias, a las que se les cobraba una renta de las que 2/3 partes iban a parar a la Casa Ducal. Durante siglos, estos terrenos se dedicaron a la agricultura y a la ganadería, provocándose gran cantidad de pleitos entre agricultores y ganaderos por la delimitación de los caminos, veredas, ejidos, realengos y baldíos que se extendían en los términos tanto de Martín de la Jara como de los Corrales. A principios del s. XIX, con la abolición de los señoríos jurisdiccionales, se instauró en Martín de la Jara su primer ayuntamiento Constitucional.

Ayuntamiento de La Luisiana

  • ES.41255.AUT0043
  • Entidad colectiva
  • 1767

Se han hallado restos pertenecientes al Bronce final y al tartésico. También restos íberos, pero es en el período romano donde la presencia de hallazgos es mayor. Así nos encontramos restos de explotaciones de uso agrícolas, dedicadas al cultivo del olivo y producción del aceite de oliva. Se conservan los Baños romanos. Se han descubierto vestigios de la época visigoda como el cimacio visigodo, expuesto en el Museo Arqueológico de Sevilla, y algunas piezas de arte suntuario.Del período hispano-árabe y medieval tenemos pocos vestigios, al ser ésta una zona de permanentes rencillas entre los reinos de Castilla y Córdoba, y al grave despoblamiento sufrido con la Reconquista y el posterior reparto de las tierras entre los vencedores, siendo el paisaje predominante, hasta el siglo XVIII, el de la Dehesa de uso ganadero perteneciendo al término de Écija. Fue fundado en 1768 junto con otros pueblos que ordenó construir el rey Carlos III, durante el plan de colonización de Sierra Morena. Los primeros colonos procedían mayoritariamente del norte de Francia y sur de Alemania y, en menor medida, de Bélgica, Holanda, Suiza, Austria e Italia. Se estableció en el Camino Real de Andalucía, en un paraje llamado Venta Quemada, que se hallaba inserto en el llamado Desierto de la Monclova. El asistente de Sevilla, Pablo de Olavide, comprendió que la única manera de acabar con el bandidaje que hacía prácticamente imposible la travesía de Sierra Morena, era poblar la zona. Para ello se recurrió a alemanes católicos cuyos apellidos, costumbres y características étnicas perduran en la población.En 1835, la reina Dª María Cristina, deroga el Fuero de las Nuevas Poblaciones, constituyéndose el Ayuntamiento de La Luisiana. El nombre de Luisiana proviene, al parecer, de la unión de los nombres de Luis y Ana, que eran los de los hijos de Carlos III.

Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe

  • ES41251AUT000001
  • Entidad colectiva
  • 1876

Su tradición histórica se remonta a la antigüedad, como atestiguan los yacimientos y 'hallazgos arqueológicos' encontrados tanto en el 'casco urbano' como en su 'término municipal'. Muy abundantes son los restos pertenecientes a la dominación romana. En menor cantidad aparecen los visigóticos, pero de muy buena calidad, como la 'capilla localizada en La Motilla'.Los romanos supieron valorar la riqueza agrícola de la zona, creando la villa que alcanzó gran renombre como productora de 'aceites' y 'cereales'.En época musulmana, Huévar cobró una gran importancia, como lo demuestra un considerable aumento en su población. A dicha etapa corresponden abundantes vestigios, sobresaliendo los restos de un palacio árabe derribado por Fernando III, sobre el que se edificó una iglesia, la de la Asunción. De origen musulmán, también, son los numerosos enterramientos encontrados en la zona.Su nombre actual deriva del apellido del jeque árabe 'Alí-Al-Huevar'.Es probable que su primitivo nombre fuera 'Erbas', aunque no se ha podido saber con seguridad.Al ser conquistada por los cristianos, los distintos lugares comprendidos en su término, tales como Collera, Characena y Espellilla, fueron perdiendo importancia, quedándose despoblados a lo largo de los siglos XIII y XIV.

Ayuntamiento de Lora de Estepa

  • ES41264AUT000001
  • Entidad colectiva
  • 1807

Acerca de su pasado histórico no existen muchos datos, pero si nos basamos en la gran cantidad de material arqueológico de época romana podemos concluir que en su lugar existió una población denominada “Laura” o “Lauris”, de carácter recreativo y posiblemente muy vinculada a las vecinas localidades de Ostipo y Ventipo. Los árabes la llamaron 'Al-Auria '. En esta época conoció cierta importancia.Tras la conquista castellana, fue donada a la Orden Militar de Santiago, permaneciendo bajo su jurisdicción hasta el siglo XVI en el que Felipe II se la concedió a don Adán Centurión y Ultramarino.El actual poblamiento no se remonta más allá de fines del XVI o comienzos del XVII, cuando don Juan de Córdoba Centurión instaló en aquel lugar su residencia.El nombre de “Lora de Estepa”, se tomó para diferenciarla de “Lora del Río” y de otras poblaciones de igual nombre, por lo que se le añadió “el” junto a “Estepa” y de ahí el actual.Estuvo incluida en el 'marquesado de Estepa' hasta el año 1837.

Ayuntamiento de Los Molares

  • ES.41267.AUT0049
  • Entidad colectiva
  • 1873

Su origen se remonta a la Edad Media, cuando Fernando IV regaló a Lope Chico una dehesa de nombre 'El Molar' , por su ayuda contra los moros. Más tarde pasó a manos de Don Lope Gutiérrez de Toledo, que mandó construir en 1.336 un castillo, alrededor del cual se formó la villa de Los Molares.En 1.430 el Castillo pasó a manos de 'los Ribera', pasando a ser una fortaleza importante contra los moros.Hasta 1.847 perteneció a los Duques de Alcalá y al suprimirse los señoríos pasó a depender de Utrera hasta 1.919, fecha en que alcanzó su autonomía.

Ayuntamiento de Santiponce

  • ES.41288.AUT0061
  • Entidad colectiva
  • 1846

Una vez vencidos los africanos en la actual Alcalá del Río, el general Publio Cornelio Escipión fundó la villa de Itálica que, en principio, estaba destinada a los veteranos de guerra. Corría el año 206 antes de Cristo, y nacía así la primera ciudad romana fuera de los límites de la península italiana. Con el tiempo esta localidad fue cobrando prestigio, grandeza y carácter de zona residencial. La gran expansión se produjo en el siglo II después de Cristo: dos familias de Itálica, enlazadas en la genealogía, daban al mundo los que serían emperadores de Roma: Marco Ulpio Trajano (52-117) y su sucesor Publio Elio Adriano (76-138). Con Trajano y Adriano como dueños del mundo civilizado, Itálica se desarrolló muy por encima de lo que había sido hasta ese momento. Con la llegada de los visigodos, la cultura mediterránea se vino abajo. En el siglo X se la cita como ciudad abandonada y expoliada con el nombre de “Talica”. Posteriormente, en la Baja Edad Media se le conoce como “Campos de Talca”. Despoblada del todo tras la Reconquista en 1.248, la mora Talika -las casas que habían quedado de la ciudad- se extinguió. A finales del siglo XIII, con la construcción del monasterio de San Isidoro del Campo, se reedificó como aldea bajo el nombre de San Geroncio, del que evolucionó la denominación actual -Sancti Geronti, Sanctioronci, Santiponce. Por su proximidad al río padeció durante siglos frecuentes riadas y en una de ellas, acaecida el 20 de diciembre de 1603, quedó sepultada bajo las aguas para siempre. Los vecinos supervivientes buscaron la protección de los monjes del monasterio de San Isidoro del Campo, quienes le cedieron las tierras más altas que poseían.

Ayuntamiento de La Roda de Andalucía

  • ES.41259.AUT0045
  • Entidad colectiva
  • 1820

En época musulmana, La Roda de Andalucía aparece como ROBDA y su territorio se convierte en la frontera de los reinos cristianos de Sevilla y musulmán de Granada. Durante años y hasta el siglo XIII, La Roda se convierte en 'tierra de nadie', ya que la suave y abierta geografía de sus campos permite la fácil incursión y realización de batallas.En 1251 fue conquistada por Fernando III 'El Santo', pero vuelve a ser árabe en 1262, pasando de nuevo a ser cristiana en 1263 por Alfonso X 'El Sabio'. Al poco tiempo La Roda pasa a la Orden de Santiago, estableciéndose los monjes-soldados en la franja fronteriza del río Yeguas, donde se sitúa el portazgo o aduana entre los dos reinos, de ahí su nombre de AL-ROA.Pero las batallas continúan y en 1462 el Rey de Ronda, Altihacen, pretende una incursión por la comarca desarrollándose en su suelo la cruenta Batalla del Madroño, con una sonada victoria cristiana. Tras la Reconquista de los Reyes Católicos en 1546, comienza los primeros asentamientos de pobladores y en 1559 la comarca pasa a depender del Marquesado de Estepa, a partir de ese momento el marqués de Estepa se convierte en verdadero dueño y señor de toda la zona, nombrando los principales cargos de ayuntamiento, justicia e iglesia. Un sistema político, administrativo y religioso único en España que duraría hasta 1812 y como Vicaría General Independiente que dependía de Roma hasta 1874.A mediados del siglo XIX, la empresa Ferrocarriles Andaluces, decide trazar la línea férrea de Córdoba a Málaga, creando un importante nudo ferroviario en La Roda que luego uniría con Sevilla y Algeciras, y a lo que ayudaría también la carretera nacional 334 que pasaba por su centro para afianzarla como punto esencial de comunicaciones. A mediados del siglo XX comienza un leve desarrollo de la economía del pueblo junto a las excelentes explotaciones agrícolas de aceite y cereal.En 1916 se denomina a La Roda 'de Andalucía', debido a las frecuentes Rodas existentes en España.

Ayuntamiento de Castilleja del Campo

  • ES.41221.AUT0020
  • Entidad colectiva
  • 1681

Durante el apogeo árabe se convirtió en una de las zonas de mayor importancia defensiva para el Reino de Sevilla. En esos siglos quedó dentro de la comarca de Texada, a la que siguió adscrita como población tras la Reconquista junto a los pueblos de Paterna y Escacena. Desde sus orígenes fue un nucleo destacada del Aljarafe, aspecto que se mantuvo por sus molinos de aceite y sus vides. El nombre actual tiene su origen en algún castillo o fortificación defensiva de los alrededores de la alquería, por lo que quedó como Castilleja del Campo.

Ayuntamiento de El Coronil

  • ES.41231.AUT0025
  • Entidad colectiva
  • 1500

Su origen se vincula a la existencia de la denominada “Frontera o banda morisca' con la presencia en él de dos castillos, uno el de El Coronil, construido en el s. XI sobre cimientos romanos y vendido en 1377 por Martín Fernández de Guzmán a Ruy Pérez de Esquivel, adelantado mayor de Andalucía. El otro, el de Las Aguzaderas , de origen árabe, fue donado por Fernando III a la Iglesia de Sevilla, pero ésta lo permutó con Per Afán de Ribera, adelantado de la Frontera, a cambio de ciertas casas en la collación de San Marcos, en Sevilla.

En 1380 Juan I autoriza a Ruy Pérez de Esquivel, Adelantado Mayor de Andalucía, para poblar una colina o corona, luego llamada 'Coronil' . Posteriormente pasaría a la jurisdicción de la Casa de Medinaceli.

Se constituye en municipio y concejo independiente con la abolición de los señoríos jurisdiccionales en 1812. La Constitución de dicho año pone fin al sistema concejil y da paso al Ayuntamiento Constitucional, aunque este cambio no será efectivo hasta la proclamación del Estatuto Real de 1834, tras el breve paréntesis iniciado en 1820 con el pronunciamiento de Riego. En el nuevo sistema, el único alcalde es elegido mediante sufragio directo y restringido.

Su población oficial actual es de 5.024 habitantes (Fuente: INE. Padrón municipal 2011)
(RMR, 2012).