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Authority record

Ayuntamiento de Almensilla

  • ES.41204.AUT0009
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  • 1837

En los orígenes, este pueblo no era más que una 'alquería', que durante la Edad Media se convirtió en una 'aldea de Palomares del Río', hasta 1.837, año en que se independizó de este pueblo y pasó a constituir Ayuntamiento propio. El origen del nombre es todavía causa de controversia entre los distintos autores: - Algunos piensan que su actual denominación procede del nombre de un dueño árabe, llamado 'Al Mensi'. - Otros piensan que dicho nombre procede de la palabra 'Mensilla', que significa 'meseta pequeña' en la lengua romana, y que los árabes le antepusieron el artículo 'Al'., fusionándose ambas palabras después de la 'reconquista'

Concejo / Ayuntamiento de Almadén de la Plata

  • ES.41203.AUT0008
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  • 1760

La conquista cristiana de la zona se produce debido al avance de la Orden Militar de Santiago por la Ruta de la Plata durante el reinado de Fernando III el Santo. Desde entonces Almadén quedó administrativamente incluido en la Tierra de Sevilla, con castillo y milicias concejiles para su protección y la de los viajeros que discurrían por la Ruta de la Plata. Durante la Modernidad Almadén conoce uno de los periodos más brillantes de su historia: se construye su iglesia parroquial, de estilo renacentista, se fundan 7 ermitas y aumenta considerablemente la población. Esta prosperidad se puede atribuir a tres factores decisivos: - el auge de la Mesta - el beneficio de las minas y canteras - la actividad fabril de los molinos harineros establecidos en los cursos de los arroyos Molino y Gargantafría. Durante el siglo XIX continúa la actividad minera hasta 1890, aproximadamente. Sigue creciendo la población, pero no los recursos, toda vez que la propiedad de la tierra había recaído en pocas manos, y nace un proletariado antes inexistente que, además, la mayor parte del año se encuentra en paro.

Ayuntamiento de Algámitas

  • ES.41202.AUT000001
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  • 1852

La fundación de Algámitas es muy confusa pero la opinión generalizada, es que su origen está en un poblado Túrdulo (una clase de íberos) que tenía se asentamiento disperso desde lo que actualmente es el pueblo de Pruna, hasta cerca del 'Río Corbones'. Este poblado recibía el nombre de 'Callet'. Por los restos arqueológicos encontrados de cerámicas se sabe de la época fenicia, pero se desconoce el nombre que recibió Algámitas en esta época. Los hebreos, la denominaron 'Hagalmi', (que significa peña). Después llegaron los griegos, de los que también se desconoce el nombre que le dieron.

En época romana se la llamó 'Silicens', como alusión a su curiosa topografía.Con respecto a esta época hay que decir que existía otros núcleos humanos en el término de Algámitas, como son los de la venta, paraje del 'Diente de la Vieja', donde han aparecido verdaderos tesoros arqueológicos en esculturas, y atuendos guerreros tumbas de plomo, etc..., según la versión popular.

Durante la dominación árabe, Algámitas fue una alquería agrícola y ganadera y se denominó 'Almeca', nombre que ha perdurado hasta nuestros días, con la única variación de su final.Después de la reconquista del castillo de Pruna, fue concedida por el rey Enrique IV al caballero Rodrigo Rivera, siendo posteriormente vendida por el hijo de éste, Pedro de Rivera, al marqués de Cádiz, Rodrigo Ponce de León, el 23 de septiembre de 1482 por 4.000.000de maravedíes, al que perteneció hasta la supresión de los señoríos a principios del siglo XIX. Isabel II concedió el título de Villa a Algámitas, el 27 de marzo de 1852.

Ayuntamiento de Alcolea del Río

  • ES.41201.AUT000001
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  • 1813

La reconquista se hizo en 1247, por los ejércitos cristianos mandados por el prior de San Juan. Por ese motivo fue donada a la Orden Militar de San Juan de Jerusalén, a la cual perteneció hasta el siglo XIX. Formaba parte del Priorato de Lora del Río, del cual se escindió como encomienda en 1504, gracias a la labor del comendador frey Antón Farfán de los Godos.

La Constitución de 1812 pone fin al sistema concejil y da paso al Ayuntamiento Constitucional, aunque este cambio no será efectivo hasta la proclamación del Estatuto Real de 1834, tras el breve paréntesis iniciado en 1820 con el Pronunciamiento de Riego.

Concejo / Ayuntamiento de Alanís

  • ES.41197.AUT0005
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  • 1549

Lo que caracteriza a Alanís desde sus orígenes medievales es la existencia de un gran porcentaje de colonos agrícolas y ganaderos de realengo, libres del control de las estructuras señoriales, bien sea de la Orden de Santiago o de cualquiera de los grandes señores del sur. Todos los cargos del cabildo de Alanís debían ser aprobados por el Concejo de Sevilla. Esta situación de dependencia explicaba que ciertos aspectos de la gestión municipal, como los problemas de términos con los demás pueblos, el cobro de los impuestos y la aportación de soldados y dinero para la defensa se canalizase a través de la ciudad de Sevilla

Jefe superior político

  • ES.41063.ADPSE0024
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  • 1812-1833

Aparece por primera vez la denominación de “Jefe Político” en el artículo 324 de la Constitución de Cádiz, como el responsable máximo del gobierno de cada provincia, nombrado por el rey. Ya sabemos que era presidente nato de la Diputación Provincial, además el artículo XIII le confería la facultad de presidir el Ayuntamiento de la capital sin voto, pero pudiendo ejercerlo en caso de empate, siendo el único conducto de comunicación entre los ayuntamientos y la Diputación Provincial, y entre esta y el Gobierno. Continuando con sus competencias en la esfera municipal, al jefe político le correspondía entender en los recursos y dudas electorales de los ayuntamientos, tomando la decisión por vía gubernativa.
En otros campos sus atribuciones eran muy amplias: por ejemplo, desarrollo económico, sanidad, asistencia social, etc., contempladas al estudiar las diputaciones. A ellas había que incorporar las de orden público, fronteras, alojamiento de tropas, etc.
El régimen legal del “jefe político” se amplía igualmente con el Decreto XLV, de 3 de febrero de 1823, que en su capítulo IV recoge la legislación precedente y amplía sus atribuciones, al tiempo que articula embrionariamente una organización administrativa periférica.
Al ser el agente principal del Gobierno en la provincia, y a la vez el conducto de comunicación directo, que permitía a este el conocimiento exacto de la realidad provincial, el jefe político debía velar por el funcionamiento de todos los ramos de la Administración Pública, para lo cual debía conocer con todo detalle y sobre el lugar los datos sobre el clima, las costumbres de los habitantes, sus vicios, preocupaciones, y todo lo que pudiese facilitar una idea lo más exacta posible de lo conveniente y lo perjudicial.
En 1833, por el Real Decreto 23 de octubre, al practicarse la división provincial, reciben el nombre de Subdelegados de Fomento, dependiendo del Ministerio del mismo nombre. Sus competencias son amplias: agricultura, industria y comercio, beneficencia, ayuntamientos...

Ramón Luis Escobedo consta como jefe superior político de Sevilla en el año 1821

Archivo Histórico Capitular de Sevilla (Coleccionista)

  • ES.41063.ADPSE.AUT0023
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  • 1248 -

El Archivo de la Catedral de Sevilla debemos entenderlo como un "centro de archivo" en el que se custodia un fondo archivístico vertebrador, el Archivo Capitular, generado por el cabildo de la Catedral desde su establecimiento por Fernando III en 1248 hasta nuestros días, en torno al cual se han depositado otros fondos de archivos, cuyas instituciones productoras, vinculadas desde sus orígenes a la Catedral de Sevilla, cuentan cada una de ellas con su propio desarrollo histórico. Estos fondos documentales vinculados a la Catedral y depositados o incorporados al Archivo de la Catedral de Sevilla en los últimos años son: la Capilla Musical de la Catedral, el Archivo de la Capilla Real de Sevilla , el Archivo de la Hermandad de las Doncellas, el Archivo de la Hermandad de la Granada y el Antiguo Archivo de la Parroquia de San Roque.
El papel desempeñado por el cabildo metropolitano y la importancia política y económica de la sede hispalense están documentados en su archivo capitular, constatándose la preocupación de la institución capitular por la buena conservación y control de los documentos custodiados en su archivo. De igual manera se comprueba la atención continua de los Capellanes Reales por el Archivo de la Capilla Real, que hasta el año 1998 se encontraba en la propia Capilla Real de la Catedral de Sevilla, contando con una clasificación e inventario de documentos a partir del siglo XVII.
En la actualidad los fondos correspondientes al Archivo de la Catedral de Sevilla están ubicados en las instalaciones que para tal fin se restauraron en el ala nordeste del Patio de los Naranjos de la Catedral de Sevilla. Sin embargo en fechas próximas se trasladarán estos fondos documentales a unas nuevas instalaciones que se están rehabilitando en el Palacio Arzobispal de Sevilla.Desde sus orígenes el cabildo establecido en la Catedral de Sevilla fue tutelado directamente por Fernando III y sus sucesores en la monarquía castellana. Fernando III y su hijo Alfonso X están en el origen de los grandes privilegios y rentas que fundamentan la preeminencia y destacado papel de la sede hispalense y su cabildo metropolitano en los siglos posteriores. Junto a toda la documentación correspondiente a dotaciones reales, tanto de Fernando III como de sus sucesores en el Reino, se fue incorporando al Archivo Capitular numerosa documentación papal, episcopal, notarial y administrativa por diversos motivos:
•En primer lugar porque hasta el Concilio de Trento, segunda mitad del siglo XVI, en todas las diócesis y entre ellas la hispalense, el gobierno de los obispados solía recaer en los cabildos catedrales, lo que les llevó a contar con un rico patrimonio documental medieval.
•En segundo lugar, fueron muchas las dotaciones de particulares tanto de propiedades rústicas como urbanas que se vincularon a la Catedral a lo largo de los siglos, conservando el archivo numerosa documentación notarial, que generó a su vez importante documentación administrativa como resultado de toda la gestión de los bienes capitulares, no dejando pasar que era el cabildo el encargado de la recogida de los diezmos y de su reparto con la mesa arzobispal.
•En tercer lugar, supeditado a lo anterior, en el archivo se custodia toda la documentación generada como consecuencia de las necesidades económicas y de control que conlleva la construcción y conservación de una catedral gótica hasta hoy día.

Pleno de la Diputación de Sevilla

  • ES.41063.ADPSE.AUT0022
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  • 1880/1931 y 1946/-

El Pleno es el primer órgano decisorio de las diputaciones desde el origen de estas instituciones. Es el órgano colegiado integrado por el conjunto de los diputados provinciales, cargos electos por sufragio directo inicialmente (desde 1812 a 1925) y tras la Constitución de 1978 por un sistema indirecto mediante elección por parte del conjunto de concejales electos en la provincia agrupados por los partidos judicial de la misma. Durante la dictadura franquista el procedimiento de elección era un sistema híbrido entre los votos de compromisarios municipales y los de las entidades económicas, culturales y profesionales del ámbito oficial en la provincia, sobre el conjunto de alcaldes y concejales de cada partido judicial.

En 1931 pasa a denominarse "Comisión Gestora" (decreto de 21-04-1931. Gaceta de Madrid de 22-04-1931) y desde 1936, en la zona republicana, "Consejo Provincial" (decreto de 23-12-1936. Gaceta de la República de 25-12-1936). De 1939 hasta finales de la década de los cuarenta vuelve ser denominada como "Comisión Gestora", pasando desde entonces a tomar su actual denominación de Pleno de la Diputación, órgano sometido al control del gobernador civil. La Ley 7/1985 de bases de Régimen local de 1985 le configura su perfil actual de órgano de gobierno y administración autónoma de la provincia.

Aurelio Gómez Millán, Arquitecto

  • ES.41063.ADPSE.AUT0021
  • Person

Aurelio Gómez Millán (Sevilla, 2 de julio de 1898 - Sevilla, 28 de abril de 1991), era hijo del también arquitecto José Gómez Otero, origen de una destacada saga de arquitectos sevillanos con sus hijos Aurelio, José y Antonio. Aurelio emparentó con el famoso arquitecto Aníbal González al casarse éste con una de sus hermanas. Además, entre sus ocho hijos hubo otros dos arquitectos. El padre, Gómez Otero, fue desde 1875 hasta su jubilación en 1920, arquitecto titular de los Reales Alcázares de Sevilla, destacando por obras como la de la casa del Conde de Aguiar, en la Puerta de Jerez (1891), realizada en colaboración con José Espiau y Muñoz. Aurelio Gómez Millán, al igual que sus dos hermanos, cursó el bachillerato en el Colegio de San Ramón, para estudiar después en la Escuela de Arquitectura de Madrid, titulándose Aurelio, el menor de ellos, en 1922. La impresión que le produjo la arquitectura italiana en su viaje por Roma, Venecia, Florencia y Milán marcó su faceta historicista. Su actividad profesional se incia coincidiendo con la dictadura de Primo de Rivera, los preparativos de la Exposición Iberoamericana de Sevilla de 1929 y con el consiguiente desarrollo y cambios que experimentó la construcción en la ciudad, dominada por la corriente regionalista del momento, basada en un renacer del historicismo ante la llegada, algunos años antes del movimiento arquitectónico modernoEl crecimiento de Sevilla y las nuevas necesidades de vivienda dieron origen a nuevos núcleos de población, que seguirían desarrollándose a lo largo de los años treinta y que provoacron una preocupación por proteger el perfil constructivo característico de la Sevilla clásica. Por esa época sus hermanos José y Antonio llevaban ya veinte y quince años respectivamente en pleno ejercicio y su cuñado Aníbal González, era el arquitecto-jefe de la Exposición lberoamericana. José, el mayor, era también por entonces presidente del Ateneo y entre sus obras destacan la casa unifamiliar en Marqués de Paradas, 47 (1912-1914), el Hospital Victoria Eugenia de la Cruz Roja (1923-1924), la Escuela de Estudios Hispanoamericanos y el Colegio Mayor Hernando Colón (1948). Fue coautor del edificio regionalista del teatro Reina Mercedes (Coliseo España), construido entre 1925/1930 conjuntamente con su hermano Aurelio. De ambos hermanos es el edificio de esquina de la plaza Puerta de Jerez-Almirante Lobo (1928-1931). Diseñó la esquina formada por las calles Sierpes y Jovellanos, para 'Almacenes El Aguila'.Antonio fué arquitecto titular de la Diputación desde 1912 hasta 1930, realizando allí una de sus obras más importantes, la Casa de Niños Expósitos en la Huerta de San Jorge. También ejerció como profesional libre, actividad en la que destacó por la restauración del teatro romano de Mérida y otras obras de conservación del patrimonio nacional. En Sevilla proyectó medio centenar de edificios regionalistas.Las primeras obras de Aurelio Gómez Millán, como la Colonia de Periodistas de Sán Bernardo (1923) y el teatro-cine Coliseo España (1924-1931) tuvieron una gran difusión. Colaboró con su cuñado, Anibal González, en el proyecto de la Plaza de España para la Exposición Iberoaméricana, muestra para la que también organizó una exposición de aceites en el palacio de Bellas Artes (hoy Museo Arqueológico) y un congreso médico en el pabellón Mudéjar. Proyectó también los pabellones para las empresas Domecq y Cruz del Campo y Osborne (1928).Entre sus obras destaca el edificio del antiguo teatro Reina Mercedes en la Avenida de la Constitución (el hoy conocido como Coliseo España), realizado entre los años 1925 y 1930 conjuntamente con su hermano José. Otra de sus obras más conocidas en la ampliación de la basílica del Patrocinio, proyectada en el año 1946. Aurelio Gómez Millán dejó en la ciudad de Sevilla más de cuarenta obras de su característico estilo regionalista.Entre las distinciones recibidas a lo largo de su carrera figuran las concedidas por el Jurado de Recompensas de la Exposición lberoamericana (Medalla de Oro, por el pabellón de la Cruz del Campo y un Diploma de Honor por el de Domecq), Medalla de Oro de la Hermandad de El Cachorro (año 1976), Medalla de Oro de la Real Academia de Bellas Artes de Santa Isabel de Hungría (1985), institución de la que fue miembro numerario.

Sociedad Española de Amigos del Arte

  • ES.41063.ADPSE.AUT0020
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Las fotos se encontraron durante la realización de los trabajos para la revisión del inventario de patrimonio en un almacén que el Área de Cultura tenía en el Cortijo de Cuarto, que servía como depósito de parte del patrimonio histórico-artístico de la Diputación. Estaban colocadas en dos paneles enmarcados, de 2 x 1 m, aproximadamente, y clavadas con chinchetas a modo de collage. Procedían de la iglesia de San Luis de los Franceses, de donde se sacaron cuando iban a empezar las obras de restauración.

Junta Provincial de la Asociación Española Contra el Cáncer

  • ES.41063.ADPSE.AUT0019
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La Asociación Española Contra el Cáncer se constituyó el 5 de marzo de 1953 con el propósito de luchar contra el cáncer en todas sus modalidades en un periodo en que la Seguridad Social carecía de una adecuada infraestructura y no llegaba a toda la población, por lo que muchos enfermos de cáncer no tenían posibilidad de recibir tratamiento. Los objetivos de la asociación han ido variando desde su fundación hasta el momento actual, intentando siempre dar una respuesta a las necesidades de los enfermos de cáncer y sus familias. Su principal promotor fue el empresario catalán José Biosca Torres. Los primeros diez años de vida, la asociación centró sus esfuerzos en el pago de tratamientos a las personas sin recursos; en crear centros regionales oncológicos y en dotar de aparatos médicos a los centros hospitalarios para el tratamiento, como fue la adquisición de las primeras bombas de cobalto, para que los pacientes pudieran recibir tratamiento radioterápico con los últimosavances tecnológicos del momento.Posteriormente, y a partir del año 1965, cuando la Seguridad Social ya ofrece atención médica a toda la población, se comenzaron a destinar recursos a otro tipo de actividades, poniendo especial énfasis en la prevención secundaria. Ya en 1965, la AECC inició los primeros programas de detección precoz del cáncer ginecológico. Tras estos programas llegarían los de cáncer de mama con la realización de mamografías en unidades móviles en 1979. La asociación está compuesta por voluntarios, socios y personal contratado que aúnan esfuerzos para conseguir los objetivos de la asociación. El 29 de septiembre de 1966 fue inscrita, con el número nacional 3.827 de la Sección 1ª, en el Registro Nacional de Asociaciones. Fue declarada de 'Utilidad Pública' por acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en su reunión del día 24 de abril de 1970. El 'Comité Sevillano de la Asociación Española Contra el Cáncer' se constituyó el 25 de marzo de 1958.La Asociación Española Contra el Cáncer tiene actualmente su sede central en Madrid y desarrolla su actividad en toda España gracias a sus 52 juntas provinciales, con representación en más de 2.000 localidades de todo el país.La estructura interna de la AECC viene determinada por sus estatutos, registrados en el Ministerio del Interior. Éstos establecen los órganos de gobierno de la organización, que son:- Asamblea General: es el órgano máximo de gobierno de la asociación- Consejo Ejecutivo: es el órgano de gobierno, de administración y representación de la asociación. - Comisión Permanente: es el órgano delegado del Consejo Ejecutivo de la asociación. - Comité Técnico: es el órgano permanente de asesoramiento del Consejo Ejecutivo de la asociación en todos los asuntos que conciernen al orden técnico y sanitario.- En el ámbito territorial autonómico, las actividades propias de la asociación se coordinan por entidades jurídicas autonómicas, que en la actualidad están en proceso de constitución.- En el ámbito territorial provincial y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, cada junta provincial cuenta con un consejo ejecutivo provincial y un comité técnico provincial.- En el ámbito territorial local existen juntas comarcales y locales.Domicilio Social: Amador de los Ríos, 5, 28010 MadridCIF: G- 28/197564 Teléfono: 91 319 41 38 Fax: 91 319 09 66Correo electrónico: sedecentral@aecc.es / informacion@aecc.es

Mancomunidad de Municipios del Aljarafe de Sevilla

  • ES.41063.ADPSE.AUT0018
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Fue creada por decreto del presidente de la Diputación Nº 176/1971, de 28 de enero y se constituyó en sesión extraordinaria de 22 de marzo de dicho año presidida por Juan Carlos de Borbón y Borbón, entonces príncipe de España.La Mancomunidad de Municipios del Aljarafe es promovida por los ayuntamientos de Albaida del Aljarafe, Almensilla, Aznalcázar, Palomares del Río, Salteras, Benacazón, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Castilleja de la Cuesta, Castilleja de Guzmán, Espartinas, Gines, Mairena del Aljarafe, Sanlúcar la Mayor, Tomares, Umbrete, Valencina de la Concepción y Villanueva del Ariscal. En total 18 municipios con el patrocinio de la Diputación Provincial de Sevilla, con el objeto inicial de explotar un proyecto común de abastecimiento de agua a la comarca para una población de 60.000 habitantes. En principio la Mancomunidad limitó su actividad a gestionar las instalaciones generales de abastecimiento, suministrando el caudal hasta los depósitos municipales. De la distribución se encargaba el propio ayuntamiento.La mancomunidad nacía con personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, rigiéndose por sus propios estatutos y normas de desarrollo, y en lo no previsto enellos, por el ordenamiento jurídico regulador del régimen Local.El primer presupuesto de la mancomunidad data del año 1971, al que se incorporaron las operaciones efectuadas hasta dicha fecha a través de valores independientes del presupuesto de la Diputación.

Archivo de la Diputación Provincial de Sevilla (Coleccionista)

  • ES.41063.ADPSE.AUT0017
  • Corporate body
  • 1947-

Además de los fondos documentales que gestiona el Archivo de la Diputación de Sevilla, se incluyen también entre sus documentos diversas secciones especiales en las que el Archivo ha ido recopilando, dadas sus especiales características de soporte, formato u otras, que requieren unas, a su vez, especiales condiciones de conservación e instalación, por lo que han sido extraídos de sus unidades de instalación originarias e instalados en muebles especiales (planeros horizontales, armarios, estanterías adaptadas...) salvando siempre en las descripciones archivísticas la información sobre su contexto original, su relación con los documentos a los que se hallaban originalmente vinculados. Se trata de colecciones como la de "Pergaminos" pertenecientes a los diferentes fondos de hospitales y centros benéficos sevillanos, la de "Mapas, planos y dibujos", la de "Fotografías", de "Soportes especiales" (cintas y discos magneto-ópticos, microfilms...) o la "Miscelánea" de documentos muy variados cuya procedencia concreta ha sido imposible de determinar

Servicio de Regiones Devastadas

  • ES.41063.ADPSE.AUT0016
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El Servicio de Regiones Devastadas y Reparaciones se crea por Ley de 30 de enero de 1938 que reorganiza la Administración Central del Estado. El Servicio se adscribe al Ministerio del Interior y sus competencias se fijan por Decreto de 25 de marzo del mismo año: la dirección y vigilancia de cuantos proyectos, generales o particulares, tengan por objeto restaurar o reconstruir bienes de todas clases dañados por efeto de la guerra. Las normas de organización y funcionamiento del Servicio se establecen por orden de 11 de junio de 1938 que estructura el Servicio en comisiones de zona. En 1939 el Servicio se reconvierte en la Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones (DGRDR), dependiente del Ministerio de la Gobernación, y se estructura territorialmente en oficinas comarcales. creándose siete comisiones de zona: la Cantábrica, con capital en Oviedo, la Vascongada, con capital en Bilbao, la Aragonesa, con capital en Zaragoza, la Bético-Extremeña, con capital en Sevilla, la Castellana, la Levantina y la Manchega. Estos órganos territoriales son los encargados de controlar el desarrollo y ejecución de las obras, función que les llevó a tramitar y producir la documentación que se describe. Este organismo junto con el de la Dirección General de Arquitectura (DGA) sería el encargado de la reconstrucción del país, en especial de aquellas regiones y territorios que habían resultado significativamente dañados por la contienda.Las actuaciones de reconstrucción urbanística y arquitectónica llevadas a cabo por Regiones Devastadas se inician con los decretos de aprobación de 'localidades adoptadas por el Caudillo'.Por Decreto de 3 de diciembre de 1948 se facultaba al Ministerio de la Gobernación para que la Dirección General de Regiones Devastadas extendiera sus actividades a las obras y servicios que le encomendases las corporaciones locales, con arreglo a los proyectos redactados por ellas y a su costa. Entre los proyectos ejecutados por Regiones Devastadas se encuentran la construcción de nueva planta o la reconstrucción de ayuntamientos, iglesias parroquiales, viviendas y edificios de servicios públicos como lavaderos, escuelas, cementerios, mataderos, etc. Algunos de los edificios rehabilitados forman parte de patrimonio histórico. También se ejecutaron proyectos de urbanización de determinados pueblos.La Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones se suprime por decreto-Ley de 25 de febrero de 1957 que reorganiza la Administración Central del Estado. Dicha norma crea el Ministerio de la Vivienda y el Instituto Nacional de la Vivienda que asumen las funciones del organismo suprimido a través de las nuevas Direcciones Generales de Vivienda y de Urbanismo y de las Delegaciones del Ministerio en las provincia.Finalmente, por decreto 1948/1960, de 13 de octubre, se creó en el Ministerio de la Vivienda una comisión liquidadora de los servicios y bienes de la extinguida Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones.

Junta Provincial del Censo Electoral

  • ES.41063.ADPSE.AUT0015
  • Corporate body
  • 1834/1974

Las juntas provinciales del censo electoral, órganos independientes de las diputaciones, eran responsables de la gestión y ejecución de los procesos electorales. Por una real orden de 1908 se asignó a las diputaciones su dotación con recursos materiales y humanos, así como la impresión y publicación de los censos electorales y las funciones de Secretaría, que serían ejercidas por los secretarios de las diputaciones. El censo electoral se publicaba en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las diputaciones mantenían vinculaciones funcionales y orgánicas con los procesos electorales y su papel como superiores jerárquicos de los ayuntamientos incluyó, hasta 1924, la competencia de control y resolución de reclamaciones o quejas en relación a los electores, electos, concejales, etc de los municipios de la provincia por parte de las comisiones provinciales.

Delegación Interprovincial del Instituto de Estudios de Administración Local (Sevilla)

  • ES.41063.ADPSE.AUT0014
  • Corporate body

El Instituto de Estudios de Administración Local se creó por Ley de 6 de septiembre de 1940 (Reglamento 24 de Junio de 1941) como órgano nacional confines de investigación, estudio, información y difusión de las materias de administración local, la selección, formación y perfeccionamiento de funcionarios de las entidades locales y territoriales y el acopio y sistematización de los elementos materiales propios para la realización de dichos fines (art. 1 de la Ley 42/1967, de 28 de junio, y artículo 2 de la Ley de 6 de septiembre de 1940).Era una entidad de derecho público, dotada de personalidad y capacidad jurídica y patrimonio propios, que actuaba con plena autonomía funcional para el cumplimiento de sus fines. Se adscribió orgánicamente al Ministerio de Administración Territorial (arts. 120 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 1 de la Orden del Ministerio de Administración Territorial de 24 de enero de 1985).De otra, en 1958, se crea el Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios (después denominado Instituto Nacional de administración Publica)Por R. D. 1437/87, de 25 de noviembre se refunden ambos organismos, dando lugar al actual INAP.Actualmente el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de la Función Pública.

Comisión Provincial de Reclutamiento

  • ES.41063.ADPSE.AUT0013
  • Corporate body
  • 1874-?

Se crean por la Ley de Reclutamiento y Reemplazo (de 21-10-1896, reforma de la de 1885. Gacetas de 23 a 25-10-1896) heredando esta función de las comisiones provinciales, que las habían ostentado desde su aparición en 1869 tras haber sido ejercidas por el propio Pleno de la Diputación desde 1837. Las comisiones provinciales de reclutamiento, luego comisiones mixtas de reclutamiento, eran órganos totalmente independientes y ajenos a la estructura orgánica de las diputaciones, aunque sí enormemente vinculados a ellas. Su presidente era el gobernador civil o, en su sustitución, el vicepresidente de la Comisión Provincial. Actuaba de vicepresidente el coronel jefe de la zona. En calidad de vocales dos diputados provinciales; los jefes de zona, si hubiese mas de uno, un jefe de la Caja de Recluta, un médico civil nombrado por la Comisión Provincial, un médico militar nombrado por el comandante en jefe del cuerpo del ejército o capitán general de distrito. Las funciones de Secretaría las desarrollaba el secretario de la Diputación.Las competencias de las comisiones eran, entre otras: resolución de reclamaciones contra los alistamientos, celebración de juicios de exención y revisiones de reemplazo, tramitación de quejas, expedición de certificaciones de estar libre del servicio militar, y, en general, cualquier recurso contra los fallos de los Ayuntamientos relativos a reemplazos.La Ley de Bases de 29 de marzo de 1924 y el reglamento de desarrollo aprobado por la Ley de 27 de febrero de 1925 crean las juntas de clasificación y revisión de reemplazo, que asumen las competencias ejercidas hasta entonces por las comisiones mixtas. Estas nuevas juntas se desligan de forma definitiva tanto funcional como orgánicamente de las diputaciones provinciales.

Hospicio Provincial

  • ES.41063.ADPSE.AUT0012
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  • 1561/1973

Los orígenes y antecedentes del Hospicio se remontan al año de 1450 en que se establece con cargo a los bienes de propios de la ciudad la institución denominada Niños de la Doctrina. Más tarde, en 1619, la madre Luisa de San Antonio consiguió que pudiera fundarse lo que se llamó El Beaterio, que ampliaba sus objetivos incluyendo la enseñanza de las niñas pobres y a las jóvenes de más de 12 años. Para el caso de la atención a la educación de varones jóvenes pobres surgiría en 1725 la institución creada por Toribio Velasco, que sería conocida con el nombre de 'los Niños Toribios', en memoria de su fundador. Faltaba atender la protección hacia los ancianos pobres, por lo que para este fin se estableció en 1831 frente al Convento de Madre de Dios una casa benéfica para ancianos pobres y niños de ambos sexos que surgió de la iniciativa oficial que inauguró el Asistente de Sevilla José Manuel de Arjona. Para sostenimiento del Hospicio se utilizaron las rentas acumuladas de varios patronatos de legos que habían sido suspendidos por los mandatos reales de 1790 y 1793, que se volverían a rehabilitar en 1812, cuando Juan Eloy Soret dejó en testamento todos sus bienes y rentas para la creación de otro establecimiento benéfico, que se fundó con el nombre de Hospicio.Ante la semejanza de finalidad entre estas instituciones citadas se pensó en reunir las cuatro primeras fundaciones bajo una misma dirección para facilitar su gestión y sostenimiento, de forma que en 1840 se fusionan y trasladan al local que ocupaba el Hospicio, en la anterior sede del hospital de los Inocentes en la collación de San Marcos, donde quedaron centralizados bajo este nombre y al cuidado administrativo de la junta local de beneficencia.Algunos años más tarde varió su ubicación encontrándose en el monasterio de San Jerónimo de Buenavista, extramuros de la ciudad, por lo que el gobernador civil decidió trasladarlo a la población. Para ello el hospicio de hombres pasó al exconvento que fue de San Luis (de la Compañía de Jesús) y el de las mujeres quedaba en el de Santa Isabel (por no tener cabida todos en un mismo establecimiento). No obstante, ambos hospicios se unían en un mismo edificio en la calle de San Luís en junio de 1864. Por la ley de 1849 y el reglamento de 1852 se nombró una junta para el gobierno y dirección del establecimiento.En el Hospicio Provincial se proporcionaba recogimiento y refugio a los expósitos mayores de seis años y a todos los demás pobres, de ambos sexos, de la provincia, incluidos entre los lisiados, cojos, mancos, ciegos y otros que, no estando absolutamente impedidos, podían prestar alguna utilidad en los trabajos del establecimiento.Fue voluntad del fundador que se diese a los acogidos aprendizaje de oficios útiles, especialmente los de elaboración de lienzos y calzados. De la fabricación de lienzos se prescindió al reconocer que el manejo de los telares suponía un esfuerzo superior a las facultades físicas de los acogidos. En cambio, se amplió el número de enseñanzas artesanas. En 1873, la Diputación Provincial creó un colegio anexo para sordomudos, el Colegio Provincial de Sordomudos y Ciegos.Los acogidos podían permanecer en el establecimiento hasta que eran llamados al servicio militar. Las acogidas salían cuando encontraban colocación adecuada o las reclamaban sus familias. Al igual que en otros establecimientos benéficos el personal administrativo de oficinas quedaba refundido en el de la secretaría de la Diputación Provincial desde el año 1886.Desde 1938 los alumnos ciegos sería acogidos en el centro de la O.N.C.E, quedando en el Colegio Provincial solo los sordomudos. Los centros educativos provinciales 'Blanco White' (alumnos) y 'Pino Montano'(alumnas) heredarían las funciones educativas del antiguo Hospicio en 1969 y 1973 respectivamente. En 1972 fueron también trasladados los sordomudos, según su sexo, a estos centros, dado el lamentable estado del edificio de su Colegio Provincial.Después de 1997 se incorporó al fondo un importante volumen documental procedente de los centros de Pino Montano y Blanco White

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