Enrique III, rey de Castilla y León, confirma al Hospital de San Lázaro de Sevilla las franquezas y exenciones concedidos por sus predecesores, Enrique II y Juan I en 1376 y 1379. Inserta: (1) Carta plomada de Enrique II. Sevilla, 7-02-1376 (Era de mill e quatrocientos e catorce años) que, a su vez, inserta: (2) Carta plomada de Juan I Burgos, 8-08-1379 (Era de mill e quatrocientos e diecisiete años)
Juan II, rey de Castilla y León, confirma los privilegios a los bacinadores en ocasión del pleito entre el Hospital de San Lázaro y el administrador general de rentas de Andalucía. Gonzálo García de Madrid, bachiller en leyes, notario de Andalucía la mandó dar y Luis Fernández de Monroy, escribano del Rey la hizo escribir
Juan II confirma al Hospital de San Lázaro de Sevilla los privilegios concedidos por su madre, Catalina y por el rey Juan I, sus tutores, de 80 excusados anuales de limosna.
Sentencia sobre pleito seguido entre el bacinador de La Algaba y el administrador de rentas de Sevilla en defensa de los privilegios concedidos al Hospital de San Lázaro por los reyes Juan I y sus predecesores sobre exención de pago de derechos. Traslado notarial autorizado por Alfonso Díaz de Villacreces. El original está fechado en Sevilla en 7 de octubre de 1410
Juan II, rey de Castilla y León, confirma al Hospital de San Lázaro los privilegios otorgados por sus antecesores sobre exenciones a los bacinadores. Gonzalo Alonso la hizo escribir
Enrique IV, rey de Castilla y León, confirma al Hospital de San Lázaro de Sevilla los privilegios concedidos por sus predecesores. Pasó ante Diego Arias de Ávila, secretario y escribano mayor de privilegios y confirmaciones
Setencia de Rui López de Ciudad Real, oidor de la Audiencia y comisionado de Enrique IV, rey de Castilla y León,sentencia sobre privilegios del Hospital de San Lázaro de Sevilla y el nombramiento de bacinadores.
Los Reyes Católicos confirman al Hospital de San Lázaro de Sevilla privilegios concedidos por sus predecesores y faculta al Hospital para pedir lismosna en toda España y poder traer y heredar leprosos, con ciertas excepciones.
Juan Álvarez de Salamanca, procurador de San Lázaro hace presentación de bulas y letras apostólicas de los papass Benedicto XII y Martín IV y de otras autoridades eclesiásticas concediendo indulgencias para los bienhechores y devotos de la Casa de San Lázaro. Testimonio original firmado por Juan Rodriguez de Braceras, clérigo de Sevilla y notario apostólico- Inserta traslados en castellano de las bulas y letras apostólicas
Juan Álvarez de Salamanca, procurador de San Lázaro, hace presentación de bulas y letras apostólicas de Benedicto XII y Martín IV y de otras autoridades eclesiásticas, concediendo indulgencias para los bienechores y devotos de la Casa de San Lázaro. Es un traslado hecho por Diego Sánchez, clérigo de Sevilla, notario público apostólico, del traslado del original hecho por Juan Rodríguez de Braceras.
Relación de gracias e indulgencias concedidas por los papas a los que visitasen y diesen limosnas para los enfermos de la Casa de San Lázaro y fuesen sus cofrades.
Martín V, papa, concede indulgencias al Hospital de San Lázaro de Sevilla. Traslado hecho por Alfonso García de Villagarcía, notario apostólico de Palencia
Benedicto XIII, Martín V, papas, y otras autoridades eclesiásticas condecen al Hospital de San Lázaro de Sevilla distintas indulgencias y perdones. Traslado hecho del latín al romance. Autorizado por Diego Sánchez, clérigo de Sevilla y notario público y apostólico.