Grupo de fondos /12 - Juntas de Beneficencia

Área de identidad

Código de referencia

ES.41063 /12

Título

Juntas de Beneficencia

Fecha(s)

  • [f] 1834/1869 [c] S.XIV/1928 (Creación)

Nivel de descripción

Grupo de fondos

Volumen y soporte

213 legajos

Área de contexto

Nombre del productor

(1813-11-22/-)

Historia administrativa

Con la Constitución de 1812 se crea una nueva circunscripción territorial, la provincia, y unas nuevas instituciones, las diputaciones provinciales, para el gobierno y administración de las mismas. Su artículo 325 determina que "en cada provincia habrá una Diputación, llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el gefe superior".

Organizadas como órganos intermedios entre el poder central y los municipios (artículo 323), tuvieron unas amplísimas competencias (artículo 335), que se pueden sintetizar en las de fomento y desarrollo económico de las provincias.

La Diputación de Sevilla no se constituiría hasta 1813, considerándose la fecha del 22 de noviembre como la fundacional, aunque no pueda afirmarse con plena seguridad, dada la falta de documentación para sus primeros años de historia. El primer documento que acredita la existencia de la Diputación de Sevilla, considerado como su documento fundacional , es el que se refiere al inicio de las actuaciones de la Diputación el día 22 de noviembre de 1813 que se conserva en el Archivo Municipal de Sevilla. Aunque su primera andadura fue breve pues, con la restauración de Fernando VII, el 4 de mayo de 1814 fue suprimida la Constitución de 1812 que había dado lugar a su existencia.

El trienio liberal (1820/1823) restauró la Constitución y con ella las diputaciones (decreto de 3 de febrero de 1823), sin más cambios que el de una nueva división territorial de 52 provincias, en la que la de Sevilla resulta modificada con la segregación que da origen a la de Huelva.

La restauración y sostenimiento del absolutismo a lo largo de la "ominosa década" (1823/1833), vuelve a suspender la existencia de las diputaciones hasta la regencia de María Cristina (1833/1840) en que al consolidarse el poder de los liberales, se recuperan de nuevo, ahora definitivamente. En este periodo, el decreto de 3 de noviembre de 1833 del entonces ministro de Fomento, Javier de Burgos, impuso una nueva división territorial de 49 provincias que incidió en la de Sevilla, a la que se le segregan ahora Cádiz y la comarca de Antequera, quedando circunscrita a sus actuales límites, con diez partidos judiciales y la capital.

Las primeras competencias que se atribuyen a las diputaciones en el s. XIX giran en torno a las funciones de control municipal, de beneficencia pública y de obras públicas de ámbito e interés provincial y otras varias en torno al fomento económico y cultural.

En cuanto a las primeras, las diputaciones se configuran como superiores jerárquicos de los ayuntamientos, aunque bajo los gobiernos moderados, entre 1845 y 1868, este papel se verá reducido en beneficio de los gobernadores civiles.

Las competencias benéfico asistenciales figuran también como una de las más importantes desde los primeros años de las diputaciones, especialmente desde 1846, a raíz de la real orden de 3 de abril sobre clasificación de los establecimientos municipales y provinciales y la ley de beneficencia de 20-06-1849 que establecen un sistema de beneficencia pública provincial dirigido por las juntas provinciales de beneficencia hasta que en 1868 son sustituidas por las propias diputaciones provinciales a través de sus negociados de Beneficencia, que habían sido creados con la ley para el Gobierno y Administración de las Provincias de 21 de octubre de 1866. Además, a partir de 1886 los negociados de beneficencia asumen también casi todas las funciones de las juntas administrativas de los propios centros benéficos y hospitalarios. De esta forma, los hospitales Central (o de las Cinco Llagas, incluyendo el departamento de dementes que daría origen al Manicomio de Miraflores), de San Lázaro y del Cristo de los Dolores (del Pozo santo), la Casa Cuna y el Hospicio se convierten en centros dependientes de la Diputación Provincial de Sevilla y gestionados por ella hasta el último tercio del s. XX.

El tercer grupo de competencias iniciales más característico es sin duda el relativo a obras públicas provinciales, con un destacado protagonismo en la construcción y conservación de caminos vecinales y carreteras, de edificios estatales en la provincia, como gobiernos civiles, audiencias, tribunales de menores, prisiones, institutos de enseñanza, escuelas de magisterio, de bellas artes?

Entre 1812 y 1845 se detecta también una interesante actividad en torno al fomento agropecuario, industrial y comercial que se materializa en la creación de juntas provinciales de agricultura, repoblaciones forestales, extinción de plagas, colaboración con las obras de tendido de líneas férreas, por ejemplo.

La Constitución de 1869 dota a las diputaciones de poder político con autonomía propia para la consecución de sus fines. A fines del s. XIX se potencian sus funciones de órgano superior jerárquico de los ayuntamientos y quedarán constituidas como auténtico órgano de la administración local a partir del Estatuto Provincial de 1925, concepto básico de diputación que, con las modificaciones que hasta hoy han ido introduciendo las legislaciones sucesivas, ha llegado hasta nuestros días.

A partir de 1955, con el respaldo a las nuevas formas de gestión de los servicios públicos que implica la promulgación del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (dto. de 17/06/1955), pero singularmente desde mediados de la década de los ochenta del pasado siglo, empiezan a proliferar en la órbita institucional de la Diputación, con diferentes grados de vinculación en función de su naturaleza jurídica, todo tipo de organismos autónomos, fundaciones, patronatos, empresas públicas, sociedades privadas provinciales, empresas mixtas, etc... creados para la gestión directa o indirecta de servicios determinados de forma especializada (educación, cultura, deportes, promoción económica, turismo, informática, recaudación...) que se multiplican singularmente desde mediados de la década de los años ochenta del pasado siglo. Se trata en cualquier caso de centros y entidades creados para la gestión de servicios de competencia provincial y cuyos documentos constituyen una parte integrante del fondo documental de la Diputación, plenamente asignable a su esquema de clasificación orgánico-funcional. Son los casos de...

  • Caja Provincial de Ahorros de la Diputación de Sevilla
  • Organismo Provincial de Asesoramiento Económico y Fiscal (OPAEF)
  • Sevilla Activa
  • Fundaciones / Patronatos: Luís Cernuda, Manuel Giménez Fernández, Patronato Provincial de Inversión Rural (PIR), de Acción Territorial y Urbanismo, de Gestión Tributaria y Recaudación, de Asistencia a la Tercera Edad de Marchena, de Promoción y Asesoramiento Económico, de Cultura...
  • Granja Escuela de Agricultura
  • Casa de la Provincia
  • Prodetur, Inpro y otros muchos entes públicos de diferentes características que han ido apareciendo y sucediéndose lo largo del tiempo

Por el contrario, otros documentos son el resultado de la participación de la Diputación en órganos administrativos o entidades interinstitucionales y tienen unas características plenamente diferenciables de las del fondo de la institución (Junta Provincial del Censo Electoral, Comisión Provincial Mixta de Reclutamiento, Delegación Interprovincial del Instituto de Estudios de la Administración Local (IEAL), Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, Mancomunidad de Abastecimiento de Aguas del Huesna, Incineradora de Residuos con aprovechamiento energético (INRAESA), constituyendo fondos propios que por distintas razones han acabado conservándose en este Archivo.

Historia archivística

Con el paso de las competencias benéfico asistenciales a las diputaciones provinciales en 1868, la de Sevilla asume la gestión de, entre otros centros benéficos, la de las juntas municipal y provincial de beneficencia, recogiendo también sus documentos. Sin embargo, éstos permanecieron primero en el edificio del hospital del Cristo de los Dolores (vulgo del Pozo Santo), por haber sido la sede de la junta provincial de beneficencia, hasta que en 1943 se depositaron en el sótano de la Casa Palacio, sede de la Diputación (Plaza del Triunfo), desde donde pasaron a la iglesia de San Luis, trasladándose después a unas dependencias del Hospital de las Cinco Llagas cuando éste no tenía ya uso hospitalario, permaneciendo allí hasta el año de 1982, en que la Diputación Provincial adquirió y rehabilitó una casa que había sido la del Hospital de Santa Marta, en la Plaza del Triunfo, para después iniciar un peregrinaje que llevó los documentos al edificio del antiguo hospicio de San Luis y después al del antiguo Hospital de las Cinco Llagas, cuando éste no tenía ya uso hospitalario, donde permanecieron hasta el año de 1982, en que la Diputación Provincial adquirió y rehabilitó una casa que había sido la del Hospital de Santa Marta, en la Plaza del Triunfo, junto a la Casa Palacio de la Diputación, a la que se trasladaron todos los fondos de los hospitales. Como el resto de los documentos de los otros centros benéficos cuya gestión pasó a la Diputación, los documentos de las juntas de beneficencia acabarían por ser custodiados, hasta nuestros días, en el Archivo de la Diputación, por el Servicio de Archivo y Publicaciones.
Hasta 1967 los documentos estaban entremezclados con los de los otros centros benéficos incorporados. Ana María Liano, del cuerpo superior facultativo de archiveros del estado había iniciado poco antes la descripción de los fondos. Ese mismo año se crea la plaza de archivero en la Diputación, pero la atención archivística regular a estos fondos no se inicia propiamente hasta 1972. Desde entonces se procede a la acotación de cada fondo documental, a la identificación de cada fondo documental y de sus series, al establecimiento de un modelo de cuadro de clasificación común y a la confección de inventarios e índices, culminando con la edición en 1997 de los instrumentos descriptivos resultantes en una publicación monográfica al efecto.
Hasta ese mismo año tuvieron una ubicación separada del fondo de la propia Diputación, estando incluso en distintos edificios. Pero, en noviembre de 1994, se centralizaron todas las oficinas de la corporación en su actual sede, a la que se trasladaron todos los fondos del Archivo; el de la Diputación en junio de 1995 y los de los hospitales y centros benéficos en 1997. Por primera vez estaban reunidos en unos mismos locales todos los fondos del Archivo de la Diputación sevillana, permitiendo optimizar el rendimiento de los medios materiales y humanos.

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Las juntas de beneficencia, canalización de la política benéfico asistencial del régimen liberal, se crean oficialmente, como juntas municipales de beneficencia, por real orden de 30 de julio de 1821, real decreto de 27 de diciembre de 1821 y la Ley de Beneficencia de 6 de febrero de 1822, aunque muchas, como la de Sevilla, funcionaban ya desde 1820.

Las juntas municipales eran fiscalizadas por las juntas provinciales, según real orden de 30 de julio de 1821.Su primera sede se instaló en el Hospital del Espíritu Santo, pero la restauración absolutista de 1823 retornó a la situación anterior suprimiendo las juntas de beneficencia hasta 1836, cuando tras la muerte del monarca en 1833 se repone la Ley de Beneficencia de 1822 y con ella, las juntas municipales de beneficencia que, no obstante, habían empezado a funcionar en muchos casos, como el de Sevilla, ya desde el año de 1834.

Una de las primeras medidas de la junta sería la reunificación en 1837 de los hospitales sevillanos en el Hospital Central, antes denominado de las Cinco Llagas (vulgo de la Sangre). La estructura y funciones de las juntas fue articulándose mediante la real orden de 3 de abril de 1846 (clasificación de los establecimientos de beneficencia municipales y provinciales, la Ley de Beneficencia de 20 de junio de 1849 y su reglamento de 14 de mayo de 1852. Además, cada junta municipal o provincial se regulaba complementariamente por su propio reglamento. Entre sus funciones figuraba principalmente la gestión de los establecimientos benéfico asistenciales: hospitales, hospicios, casas cuna, casas de misericordia y casas de maternidad (reglamento de 14 de mayo de 1852), quedando bajo su su dirección y supervisión la actividad de las juntas administrativas de dichos establecimientos.

Las juntas municipales estaban constituidas por uno de los alcaldes constitucionales, que era presidente nato, un regidor del ayuntamiento, el cura párroco más antiguo, cuatro vecinos, un médico y un cirujano de los de mayor reputación.

Los centros o establecimientos benéfico asistenciales pasarían a depender orgánicamente de las diputaciones provinciales cuando por Decreto de 17 diciembre de 1868, al suprimir las juntas provinciales y municipales de beneficencia, se traspasan respectivamente sus funciones a las diputaciones y los ayuntamientos. La gestión de todos estos centros pasaría a regirse, desde la Ley provincial de 1870, por su normativa específicas.

En 1873 se vuelven a crear, restringiéndose sus competencias al ámbito de la beneficencia de carácter privado, mientras que la beneficencia como actividad pública seguirá encomendada a las diputaciones provinciales. Las nuevas juntas provinciales dependen del Ministerio de Gobernación, apareciendo la figura del administrador provincial de Beneficencia, nombrado por el Ministerio a propuesta de la Junta Provincial, el cual se encarga de gestionar las fundaciones sin patronos y se responsabiliza de la Secretaría de la Junta, dándola así una personalidad propia frente al Gobierno Civil.

La Instrucción de 1875 para el ejercicio del protectorado del Gobierno en la Beneficencia, modifica la composición de la Junta Provincial. Confirma al administrador provincial como funcionario especializado, encargado de gestionar las fundaciones que le encomiende la Junta y de actuar como su secretario.

La documentación de las juntas provinciales creadas en 1873, a diferencia de la de las anteriores, no se conserva en el Archivo de la Diputación Provincial de Sevilla, sino en el Archivo Histórico Provincial.

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

El esquema básico del cuadro de clasificación es el siguiente:1. Fundación y Gobierno2. Administración de propiedades3. Contabilidad4. Movimiento de enfermosSe trata de un cuadro de clasificación funcional, según el modelo de esquema único que se ha adoptado en el Archivo de Diputación para todos los fondos de centros benéficos que custodia. se recoge en: - BARRIGA Guillén, C. Heredia Herrera, A. Siles Saturnino, R. y Zahino Peñafort, L. 'Hospitales y centros benéficos sevillanos. Inventario de sus fondos. Sevilla: Diputación de Sevilla,1997.

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Acceso libre, previa apertura del expediente de investigador y/o presentación del DNI. El Archivo está abierto al acceso público de cualquier persona física o jurídica, pública o privada. La consulta de sus documentos está restringida en los casos expresamente previstos por la legislación vigente, básicamente las leyes 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, 16/1985 de Patrimonio Histórico Español y 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOJA nº 222 de 11 de noviembre de 2011).

Condiciones

  • Cualquier persona puede obtener copias de los documentos que sean de acceso libre y de aquellos cuya consulta le haya sido reglamentariamente autorizada. Para la reproducción de cualquier tipo de documento se requiere la solicitud previa de la persona interesada. - El Servicio de Archivo entregará las reproducciones previo pago de las tasas que procedan. - Se podrá autorizar a los usuarios externos efectuar reproducciones de documentos con medios propios previa autorización del Servicio de Archivo. La solicitud podrá ser denegada cuando se pudiera derivar perjuicio para el estado de conservación de los documentos o el buen funcionamiento del Servicio. - Las reproducciones de documentos del Archivo serán para uso exclusivo de investigación. Cualquier otro uso (publicación, edición, distribución o cualquier otro medio de difusión) deberá solicitarse previamente. En estos casos se indicará la procedencia del documento y, si la difusión se realiza mediante una obra editada, se entregará al Archivo al menos un ejemplar de dicha obra.

Idioma del material

  • español

Escritura del material

Notas sobre las lenguas y escrituras

Español: spa [ISO 639-2]

Características físicas y requisitos técnicos

Instrumentos de descripción

  • BARRIGA GUILLÉN, C. "Junta de Beneficencia. Cuadro de Clasificación, Inventario Índice". En: BARRIGA GUILLÉN, C., HEREDIA HERRERA, A., SILES SATURNINO, R. y ZAHINO PEÑAFORT, L. "Hospitales y centros benéficos sevillanos. Inventario de sus fondos". Sevilla: Diputación de Sevilla, 1997. pp. 417-444- BARRIGA GUILLÉN, C. Actualización de inventarios de los fondos de centros benéficos (no editado)

Instrumentos de descripción cargados

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

Existencia y localización de copias

Unidades de descripción relacionadas

a) Documentos procedentes de este mismo fondo.- ES-41-0063-ADPSE/24//MP 40, 45, 46, 48, 49. En esta sección de 'Mapas, Planos y Dibujos' del Archivo de la Diputación de Sevilla se conserva este plano del año 1587 que estuvo bajo custodia de las juntas de beneficencia.

b) Archivo Histórico Provincial de Sevilla: ES.41193/1.1.3.8. Interior. Gobierno Civil. Junta Provincial de Beneficencia
años 1490-1976 (370 libros, 550 cajas) [https://www.juntadeandalucia.es/cultura/archivos/web_es] (Consulta en 2022-06-22)

Descripciones relacionadas

Nota de publicación

Área de notas

Notas

Documento en elaboración

Identificador/es alternativo(os)

Puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por lugar

Puntos de acceso por autoridad

Tipo de puntos de acceso

Área de control de la descripción

Identificador de la descripción

Identificador de la institución

Reglas y/o convenciones usadas

Estado de elaboración

Nivel de detalle

Fechas de creación revisión eliminación

2016-04-11

Idioma(s)

Escritura(s)

Fuentes

Nota del archivista

Rafael Martínez Ramos

Área de Ingreso

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